El matrimonio homosexual en el derecho dominicano.

La Corte Suprema de los Estados Unidos de América, se acaba de comprometer a revisar las peticiones para que se autorice el matrimonio gay--o sea una suerte de matrimonio entre parejas del mismo sexo, sean hombres o mujeres--El tribunal mas alto de la justicia norteamericana ha dicho: "A principios del próximo año el tribunal escuchará los desafíos a la Ley de Defensa del Matrimonio, que define el matrimonio como entre un hombre y una mujer".

En Estados Unidos algunos Estados han permitido una especie de union legal entre parejas del mismo sexo, mientras que unos 31 de los 51 estados de la union se han opuesto a esa particularidad de relacion  con sobrado encono.

Entre nosotros la Constitución dominicana que ha sido proclamada y puesta en vigencia en Enero del 2010, ha traído dentro de los derechos económicos y sociales "El Derecho a la Familia" y describe, en el Artículo 55, la familia como: "el fundamento de la sociedad y el espacio básico para el desarrollo integral de las personas. Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decision libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla". Los que analizan las amplitudes que en los actuales momentos tienen los textos constitucionales, les llama la atención esta última parte del artículo "...o por la voluntad responsable de conformarla". Parecería que si hay una voluntad responsable de conformarla, digamos una situación de hogar responsable establecida por características comunes de la responsabilidad hogareña parterna y materna, pues habría familia.

Que pasaria si una pareja del mismo sexo (homosexuales o lesbianas), decidiera hacer un contrato entre ellos que permitiera una situación jurídica parecida al matrimonio de comunidad legal de bienes y cada uno aporta a los gastos comunes de acuerdo a su situación economica y de trabajo, se aman  y se respetan mutuamente, hacen una vida social y familiar normal, pudieran llegar a criar unos  hijos adoptivos, los educaran y prepararan para el mañana, en fin demostraran ser una familia como tal. ¿no estaria un juez en condiciones de decir que esa union constituye una familia?, por supuesto dejando aparte machismo e idioteces religiosas que aveces obnubilan el entendimiento de gente relativamente brillante.

Si esta petición llegara al Tribunal Constitucional de la República Dominicana, excluyendo a algunos beatos comesantos que son parte de los jueces constitucionales, algunos de ellos estaria en condiciones de analizar favorablemente las exigencias constitucionales de la voluntad responsable de conformarla, total pues en ese ejemplo que he puesto se encuentran reunidos estos elementos.

La otra pregunta es: ¿puede la constitución controlar los sentimientos y las decisiones íntimas de la gente, como el caso de las preferencias sexuales? Pienso que es imposible, eso es algo que ni siquiera la propia persona puede hacer. Los seres humanos somos una mezcla contradictoria entre corazón y razón (Entendida la primera como la negación de la lógica y lo racional) cuando una entra la  otra sale y viceversa, somos receptores de ambas situaciones y por ello maduramos en el tiempo, no se le puede pedir madurez a un joven, ni locuras juveniles a un viejo, aunque a veces se hacen excepciones (en este momento estoy pensando en un amigo muy querido y conocido en nuestro entorno y el resto del pais, como el ejemplo del viejo que no madura), otro argumento que pudiera resultar contundente al análisis aqui planteado es el hecho de que la Constitución dominicana basa su programa de Estado Social y Democrático de Derecho, en la dignidad y me pregunto ¿no es cónsono con la dignidad, elegir lo que es mejor para nuestra vida, para nuestro desarrollo integral?

Se que muchos me refutaran el argumento, algunos con buenos argumentos contrarios, otros basados exclusivamente en Dios, pero creo que a el no le interesa este asunto y si--de acuerdo a este mismo programa del Dioslogismo--somos hechos a su imagen y semejanza, los que lo esgrimen   deberán salir a buscar otros, pues el homosexualismo no siempre es  una conducta aprendida, por lo tanto, apliquen la maxima de "dad al César..." ustedes se saben el resto.

Mi profesor Eduardo Jorge Prat, identifica ademas de los derechos personales que tienen las personas, reconocidos por la Constitución, unos que el llama "Derechos personalísimos" refiere a aquellos tan íntimamente ligados a las personas, que es parte esencial de sus atributos como individuo, como ente social y como ser humano, por ende, se podría asimilar la elección de tu preferencias sexuales a estos derechos personalísimos.

La homosexualidad es tan vieja como la humanidad misma, aceptada en una época como algo normal, por ejemplo en Roma se hablaba de Cayo Julio Cesar como "el esposo de todos los maridos y el marido de todas las esposas" y los griegos antes de toda batalla hacían un bacanal (fiesta dedicada a Baco, Dios del vino) para que los hombres bebieran, comieran y se amaran entre si, pues entendían que esto los acercaba mas y en la guerra se defenderían mutuamente. Por tanto en nuestro tiempo moderno la homosexualidad sigue teniendo esas preferencias y ello nos lleva a pensar que es algo muy propio del ser humano, tanto que se puede decir derecho personalísimo.

Ahi les dejo estas opiniones, es necesario iniciar el debate sobre este asunto, pues ello es mas sano y mas acorde una nación que se dice democrática, constitucional y garante de la dignidad humana.

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